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title: "Senado aprueba proyecto de Ley de Acceso a la Información Pública y lo remite a Diputados"
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description: "El Senado aprobó el proyecto de Ley de Acceso a la Información Pública y lo remitió a Diputados tras introducir ajustes reclamados por sectores de la prensa."
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date_published: "2026-08-28T04:38:00-03:00"
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  - "Asamblea Legislativa"
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category_name: "Política"
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category_description: "Política boliviana en La Pólvora."
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# Senado aprueba proyecto de Ley de Acceso a la Información Pública y lo remite a Diputados

![whatsapp-image-2026-08-27-at-6-08_101-16824721_20260828021025](/download/multimedia.normal.9db90f4dedaf2b4f.bm9ybWFsLndlYnA%3D.webp)

*Asamblea Legislativa de Bolivia. Fuente: gentileza UNITEL (Carlos Villena).*

**LA PAZ.—** La Cámara de Senadores aprobó en grande y en detalle el **Proyecto de Ley 066/2025-2026 de Acceso a la Información Pública** y lo remitió a la Cámara de Diputados para continuar su tratamiento legislativo, en un avance destinado a establecer un marco general de transparencia y acceso ciudadano a información administrada por el Estado. [La aprobación se produjo durante la 164.ª sesión ordinaria del Senado](https://www.opinion.com.bo/articulo/pais/aprueban-proyecto-ley-acceso-informacion-remite-diputados/20260827164454995352.html).

La propuesta establece como principio general que **la información en poder del Estado es pública**, salvo las excepciones expresamente determinadas por ley. Además, reconoce que cualquier persona podrá solicitar información sin necesidad de justificar o explicar las razones de su requerimiento. [Red Uno detalló estos principios centrales del proyecto](https://www.reduno.com.bo/noticias/senado-aprueba-ley-de-acceso-a-la-informacion-y-el-proyecto-pasa-a-diputados-2026827173142).

El ámbito de aplicación comprende a **órganos del Estado, entidades e instituciones públicas, empresas estatales, universidades públicas y otras instancias que administren recursos o presten servicios públicos**. El propósito es ampliar las posibilidades de fiscalización ciudadana sobre la gestión estatal.

## El texto fue modificado tras observaciones de la prensa

El proyecto atravesó previamente un debate intenso. En julio, **organizaciones representativas del periodismo y de la sociedad civil expresaron su rechazo a una versión anterior del Proyecto de Ley 066**, al considerar que contenía disposiciones que podían dificultar el ejercicio efectivo del derecho de acceso a la información. [Las objeciones fueron recogidas públicamente por organizaciones de prensa](https://www.opinion.com.bo/articulo/pais/organizaciones-prensa-bolivia-declaran-alerta-proyecto-ley-acceso-informacion/20260705105436993025.html).

Durante su posterior tramitación, la propuesta fue sometida a revisión y recibió aportes de legisladores, representantes de la prensa, organizaciones de derechos humanos y entidades de la sociedad civil. La presidenta en ejercicio del Senado y proyectista, **Soledad Chapetón**, señaló que el proceso de elaboración comenzó en febrero y que el texto fue ajustado antes de su aprobación.

## Cualquier persona podrá solicitar información

Uno de los elementos centrales del proyecto es que el ejercicio del derecho **no dependerá de que el solicitante demuestre un interés particular**.

La regla busca que el acceso sea considerado la norma y la reserva, la excepción. En consecuencia, cuando una institución niegue información deberá respaldar esa decisión en las limitaciones contempladas por el ordenamiento jurídico.

La Constitución Política del Estado reconoce en su artículo 21 el derecho de las personas a acceder a información, interpretarla, analizarla y comunicarla libremente. La futura legislación pretende desarrollar ese derecho mediante procedimientos específicos aplicables a las instituciones públicas.

Para un medio de comunicación, la cuestión tiene también una dimensión institucional evidente. *La Pólvora* sostiene dentro de sus propios **[principios editoriales](https://lapolvora.net/contenido/76/quienes-somos)** que una sociedad democrática necesita medios capaces de fiscalizar al poder y que la información periodística debe apoyarse, siempre que sea posible, en **fuentes oficiales, documentos y registros públicos**.

## Se crea un Observatorio y habrá reglamentación

Durante el tratamiento en detalle, el Senado modificó también el mecanismo encargado de realizar seguimiento a la aplicación de la futura norma, que pasará a denominarse **Observatorio**.

El proyecto establece además un plazo de **90 días desde su publicación en la Gaceta Oficial para aprobar la reglamentación correspondiente**, siempre que previamente complete el procedimiento legislativo y sea promulgado.

Las excepciones al acceso serán uno de los aspectos centrales durante la siguiente etapa legislativa. El principio general aprobado por el Senado es que **la publicidad de la información constituye la regla**, mientras las restricciones deberán encontrarse expresamente respaldadas por la ley.

## El sector periodístico valora el avance

Representantes del periodismo destacaron la aprobación como un paso relevante después de años de discusión sobre la necesidad de contar con una legislación específica.

La expresidenta de la Asociación Nacional de Periodistas de Bolivia, **Zulema Alanes**, sostuvo que la iniciativa es importante no solamente para el ejercicio periodístico, sino también para que los ciudadanos puedan fiscalizar las actuaciones de las autoridades estatales.

El respaldo actual debe entenderse dentro de la evolución que tuvo el proyecto: sectores de la prensa que habían cuestionado versiones anteriores participaron posteriormente en procesos de revisión y discusión del texto.

## Todavía no es ley

La aprobación en el Senado **no significa que la norma ya se encuentre vigente**.

El proyecto pasa ahora a la Cámara de Diputados, que deberá continuar el procedimiento legislativo. Si el texto supera esa etapa y posteriormente es promulgado, comenzará entonces el proceso para su aplicación y reglamentación.

La discusión en Diputados será particularmente importante para conocer el contenido definitivo de las excepciones, las atribuciones del Observatorio y los mecanismos disponibles cuando una institución pública rechace una solicitud de información.

La aprobación del Senado constituye, por tanto, **un avance legislativo, no la culminación del proceso**. El contenido definitivo del régimen boliviano de acceso a la información dependerá todavía del tratamiento parlamentario pendiente.

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*Contenido creado y optimizado para IA con [Medios CMS](https://medios.io)* — Plataforma profesional para la gestión de medios digitales y portales de noticias.
