La dignidad no necesita permiso

Mañana, viernes 6 de noviembre, León XIV llegará a Uruguay, según la agenda oficial publicada por la Cancillería. Para muchos católicos será una jornada de alegría, recogimiento y esperanza. Una república laica debe garantizarles la libertad de celebrarla, del mismo modo que debe proteger a quienes reciben la visita con distancia, desacuerdo o indiferencia.
Editorial05 de noviembre de 2026Mauricio Ochoa UriosteMauricio Ochoa Urioste
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Basílica de San Pedro. Vaticano. Pixabay.

Ninguno de esos ciudadanos pertenece menos al país. El entusiasmo religioso de una comunidad merece respeto; convertirlo en sentimiento oficial de toda la sociedad supondría desconocer la pluralidad que las instituciones tienen la obligación de representar.

El artículo 5 de la Constitución uruguaya establece la libertad de todos los cultos y dispone que el Estado no sostiene religión alguna. Ese principio protege una convivencia en la que nadie necesita compartir una creencia para ejercer plenamente su ciudadanía. Las autoridades pueden recibir al pontífice con cortesía diplomática y garantizar su seguridad sin atribuir a la República una adhesión espiritual. Representan también a protestantes, judíos, musulmanes, practicantes de religiones afro, agnósticos y ateos. Su responsabilidad consiste en preservar esa igualdad, incluso cuando la relevancia del visitante favorece la confusión entre ceremonia institucional y celebración confesional.

La dignidad humana constituye el fundamento de esa igualdad. Su reconocimiento exige más que tolerar la presencia de quienes viven de otra manera. La tolerancia puede conservar una jerarquía tácita: alguien se considera autorizado a consentir una existencia que desaprueba. Reconocer la dignidad supone aceptar que ninguna persona necesita nuestra autorización para desarrollar su vida. Su valor no depende de su utilidad económica, de su salud, de su prestigio, de su orientación sexual, de su identidad de género o de su conformidad con una doctrina. Incluso ante un desacuerdo moral profundo, permanece una obligación de respeto que ninguna convicción religiosa puede cancelar.

Desde una perspectiva filosófica, esa dignidad impide reducir a alguien a instrumento de un proyecto ajeno. También de un proyecto religioso. Una mujer no existe para preservar el modelo familiar que una institución considera conveniente; una persona homosexual no tiene la obligación de renunciar a su vida afectiva para confirmar la coherencia de un sistema teológico; una persona trans no puede ser tratada como el escenario de una controversia en la que todos intervienen y su propia voz carece de autoridad. Cada ser humano posee una experiencia irreemplazable de su existencia, una conciencia que nadie puede sustituir y una vulnerabilidad que exige cuidado.

La igualdad muestra su verdadero alcance cuando protege a quienes incomodan nuestras certezas. Es sencillo proclamar la dignidad de quien comparte nuestras costumbres, nuestras creencias y nuestra manera de amar. La prueba comienza ante quien nos obliga a revisar lo que dábamos por indiscutible. Allí se descubre si reconocemos personas o si apenas premiamos semejanzas. Una democracia compromete su fundamento cuando permite que los derechos dependan de la aprobación moral de una mayoría, sea religiosa o secular.

Desde nuestra convicción protestante y luterana, esta reflexión encuentra una expresión en la idea del ser humano como imagen de Dios. Entendida en toda su radicalidad, esa imagen pertenece a cada persona antes de cualquier pertenencia eclesiástica. Ninguna jerarquía la distribuye y ninguna discrepancia doctrinal autoriza a desconocerla. Quien afirma reconocer a Dios en el prójimo debe preguntarse qué hace cuando utiliza su nombre para estrechar la vida de ese prójimo. La fidelidad religiosa merece ser examinada por sus consecuencias humanas.

En La libertad del cristiano (1520), Martín Lutero vincula la libertad del creyente con el servicio a los demás. Esa relación inspira nuestra defensa de una conciencia libre y responsable: la libertad recibida compromete a reconocer al otro, acompañarlo y renunciar a dominarlo. Aplicamos hoy ese principio a la defensa de la igualdad civil, sin atribuir al reformador posiciones contemporáneas que no formuló. Una tradición permanece viva cuando sus principios permiten interrogar el presente, incluso allí donde ese examen exige revisar las limitaciones de su propia historia.

Desde esa lectura luterana, la gracia cuestiona la pretensión de convertir la vida espiritual en una clasificación de personas merecedoras. La respetabilidad social, la cercanía a una autoridad religiosa o la obediencia externa no conceden un valor humano superior. De aquí se desprende una exigencia de humildad: nadie dispone de una excelencia espiritual que lo habilite a gobernar la intimidad ajena. Cuando una institución presenta sus mediaciones como un poder de tutela sobre toda conciencia, corresponde preguntarle si sirve a las personas o si pretende que las personas sirvan a su autoridad.

También el sacerdocio universal de los creyentes ofrece recursos para cuestionar la concentración del poder espiritual. Interpretado como responsabilidad compartida, invita a escuchar, deliberar y someter la autoridad al examen de la comunidad. La voz de una mujer, de un laico o de alguien situado en los márgenes no debería perder valor por su posición institucional. En esa posibilidad participativa encontramos una vía para superar algunas cargas persistentes del clericalismo: la obediencia sin deliberación, la sacralización del cargo y la identificación de la fidelidad a Dios con la sumisión a una jerarquía.

Dietrich Bonhoeffer profundiza esta responsabilidad mediante su reflexión sobre «la mirada desde abajo»: aprender a contemplar la historia desde quienes sufren la exclusión y la opresión. Esa perspectiva obliga a examinar a las iglesias desde la experiencia de las personas afectadas por su poder. Preguntar por su prestigio resulta insuficiente; debemos preguntar también qué sucede con quienes quedan fuera de sus modelos de vida aceptable. La dignidad del prójimo reclama atención especialmente cuando reconocerla amenaza nuestras seguridades.

Desde ese lugar dirigimos nuestra crítica a la Iglesia católica. La autoridad religiosa se vuelve problemática cuando trata la continuidad de sus normas como un bien superior a la libertad de las personas, cuando responde a una demanda de igualdad invocando una potestad que los afectados no reconocen o cuando clausura una discusión mediante la apelación a lo inmutable. La antigüedad de una enseñanza explica su trayectoria, pero no demuestra su justicia. Las tradiciones merecen ser comprendidas y discutidas; también deben aceptar que las personas examinen lo que esas tradiciones les exigen soportar.

El conflicto resulta especialmente claro en el matrimonio. La doctrina católica lo circunscribe al varón y la mujer, mientras Uruguay reconoce el matrimonio civil entre personas del mismo sexo. La convivencia exige distinguir la disciplina sacramental de los derechos ciudadanos. Una comunidad puede establecer sus criterios religiosos; esa autonomía no le concede potestad para impedir que otras personas formen una familia jurídicamente reconocida. La legitimidad civil de una pareja no depende de que una autoridad eclesiástica bendiga su unión.

Conviene formular esta crítica con rigor. El Catecismo católico reclama respeto hacia las personas homosexuales y rechaza la discriminación injusta. Reconocerlo permite señalar con mayor precisión el desacuerdo: la compasión, por valiosa que sea, no sustituye la igualdad jurídica. Una persona necesita poder construir su vida con seguridad y reconocimiento, sin depender de la indulgencia de quien desaprueba su amor. El lenguaje de acogida debe evaluarse junto con las condiciones concretas que impone a quien pretende acoger.

La misma exigencia alcanza a la identidad de género. La Ley Integral para Personas Trans reconoce derechos y establece medidas frente a una historia de discriminación y estigmatización. Como cualquier política pública, sus disposiciones admiten evaluación y discusión mediante argumentos y evidencia. La desaprobación teológica, sin embargo, no basta para desautorizar la existencia social de quienes viven una identidad diferente. El Estado tiene obligaciones concretas con esas personas: protegerlas frente a la discriminación y garantizar sus derechos. Ninguna controversia doctrinal lo libera de cumplirlas.

Nuestra defensa del protestantismo exige aplicar este criterio a nuestras propias comunidades. La pertenencia luterana no concede superioridad automática ni inmunidad frente al autoritarismo. Un pastor que reclama obediencia incuestionable reproduce el problema del clericalismo, aunque rechace la autoridad del papa. Una iglesia que humilla a las mujeres o persigue a las minorías contradice la libertad que reclama para sí. La fuerza de una posición protestante reside en su disposición a someter toda autoridad humana a crítica, incluida la propia, y en traducir esa disposición en participación, cuidado y libertad efectiva.

Por eso sostenemos que un protestantismo comprometido con la conciencia libre puede superar formas de tutela que restringen la autonomía humana. Esa posibilidad debe acreditarse en prácticas concretas: autoridades sujetas a examen, igualdad de las mujeres, respeto de la diversidad y libertad para disentir o abandonar una comunidad sin coacciones. Allí se decide su valor moral. La denominación por sí sola no resuelve lo que únicamente puede demostrarse mediante el trato a las personas.

La laicidad da una forma política a esta exigencia. Permite compartir instituciones sin compartir una fe y participar en la conversación pública sin reconocer una autoridad espiritual común. Las iglesias tienen pleno derecho a expresar sus convicciones, organizarse y presentar propuestas. Cuando pretenden convertirlas en obligaciones generales, deben ofrecer razones que puedan ser discutidas por toda la ciudadanía. La investidura religiosa no concede una ventaja argumental ni exime del escrutinio democrático.

Sería excesivo atribuir exclusivamente a la separación religiosa la fortaleza institucional uruguaya. Sin embargo, defenderla significa preservar una condición fundamental de la convivencia: ninguna confesión es propietaria moral del Estado. La libertad religiosa se vuelve más segura cuando ninguna iglesia puede utilizar el poder público para someter a las demás ni para disminuir los derechos de quienes no creen.

Uruguay debe recibir a León XIV desde esa madurez republicana. Sus fieles podrán celebrar la llegada de su pastor; quienes discrepan conservarán intacta su libertad de crítica. Las autoridades deberán representar a todos, justificar sus decisiones y mantener la autonomía de las instituciones. El respeto al visitante es compatible con una afirmación serena de los límites de su autoridad en una sociedad plural.

Desde La Pólvora defendemos una convicción luterana abierta al examen de sí misma y una República que garantice derechos sin exigir conformidad espiritual. Una persona puede creer, dudar, amar y buscar sentido por caminos que ninguna iglesia apruebe. Su dignidad permanece entera. Las iglesias deben reconocerla; el Estado tiene la obligación de protegerla.

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