
Carlos Alarcón plantea reformar parcialmente la CPE y cambiar reglas económicas y judiciales
Redacción
El diputado Carlos Alarcón, de la alianza Unidad, presentó un proyecto de ley para impulsar una reforma parcial de la Constitución Política del Estado (CPE) que plantea cambios de alcance considerable en el modelo económico, el régimen de inversiones y el sistema de elección de altas autoridades judiciales.
La iniciativa fue presentada ante la Vicepresidencia del Estado y contempla la denominada “desconstitucionalización” de 30 artículos, que pasarían a dejar de estar regulados directamente por la Carta Magna para ser desarrollados posteriormente mediante legislación. La propia Cámara de Diputados informó que la propuesta apunta específicamente a disposiciones de los sistemas económico y judicial.
Entre los artículos señalados figuran normas relativas a la elección de magistrados, recursos naturales, hidrocarburos, minería, política económica y relación del Estado con la inversión privada. ANF, que tuvo acceso al documento, identificó 30 disposiciones concretas comprendidas en la propuesta.
Una nueva garantía constitucional para las inversiones
Uno de los cambios centrales consiste en incorporar una disposición destinada a impedir que las inversiones nacionales o extranjeras puedan ser objeto de expropiación, nacionalización, estatización o reversión, además de restringir la extinción unilateral de derechos de los inversionistas por parte del Estado.
El proyecto también plantea que las controversias entre inversionistas y el Estado puedan resolverse mediante mecanismos amistosos, jurisdicción boliviana o arbitraje nacional o internacional, cuando esa vía haya sido acordada entre las partes.
Alarcón sostiene que una garantía incorporada directamente a la Constitución ofrecería mayor seguridad jurídica que una protección establecida únicamente mediante una ley ordinaria.
Su propuesta aparece en momentos en que la Asamblea Legislativa debate nuevas reglas para atraer capital privado y reactivar inversiones en sectores estratégicos de la economía boliviana.
Treinta artículos dejarían de tener rango constitucional
El proyecto enumera los artículos 182, 183, 185, 187, 188, 194, 198, 199, 200, 201, 203, 227, 228, 310, 319, 320, 351, 352, 355, 356, 357, 358, 359, 361, 362, 363, 367, 370, 373 y 378 como parte de las disposiciones que se pretende retirar del texto constitucional.
Alarcón considera que varias de esas normas funcionan actualmente como restricciones para la inversión privada y propone que su contenido sea trasladado a leyes estructurales y sectoriales.
La propuesta establece además que, una vez vigente la reforma, la Asamblea Legislativa tendría un plazo máximo de un año para aprobar las nuevas normas destinadas a sustituir las disposiciones eliminadas de la Constitución.
El proyecto también apunta a la elección judicial
La reforma no se limita al ámbito económico.
Alarcón propone modificar el sistema mediante el cual Bolivia elige a sus máximas autoridades judiciales y eliminar la elección de magistrados mediante voto popular, sustituyéndola por un mecanismo basado, según su planteamiento, en mérito y excelencia profesional.
Entre los artículos comprendidos en la reforma se encuentra el 182 de la CPE, que actualmente establece la elección mediante sufragio universal de las magistradas y magistrados del Tribunal Supremo de Justicia.
La modificación supondría uno de los cambios institucionales más importantes desde la entrada en vigencia de la Constitución de 2009.
¿Qué necesita una reforma parcial de la Constitución?
El proyecto de Alarcón no puede convertirse en reforma constitucional mediante una ley ordinaria aprobada por mayoría simple.
El artículo 411.II de la Constitución establece que una reforma parcial puede iniciarse de dos maneras: mediante iniciativa popular respaldada por al menos el 20 % del electorado, o por iniciativa de la Asamblea Legislativa a través de una ley de reforma constitucional aprobada por dos tercios del total de los miembros presentes. En cualquiera de los casos, la modificación necesita posteriormente un referendo constitucional aprobatorio.
Existe además un límite material importante.
El parágrafo I del mismo artículo establece que una reforma que afecte las bases fundamentales del Estado, los derechos, deberes y garantías, o las reglas sobre primacía y reforma constitucional ya no puede tramitarse simplemente como reforma parcial. En esos casos, la Constitución exige una Asamblea Constituyente originaria plenipotenciaria, activada previamente mediante referendo.
Por tanto, no basta con denominar una iniciativa como “reforma parcial”. Su contenido tiene que mantenerse dentro de las materias que constitucionalmente pueden modificarse mediante ese procedimiento.
El Tribunal Constitucional deberá controlar el procedimiento
El Código Procesal Constitucional establece un control específico para estas reformas.
Una vez alcanzada la mayoría legislativa exigida —o, si fuera iniciativa popular, después de acreditarse las firmas requeridas— la propuesta debe ser revisada por el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP).
El Tribunal debe determinar si el contenido corresponde efectivamente a una reforma parcial. Si identifica disposiciones que, por su naturaleza, requieren el procedimiento de reforma total, puede declararlas improcedentes total o parcialmente, impidiendo que esos puntos sean sometidos a referendo por la vía parcial.
Superado ese control, la última palabra correspondería al electorado mediante un referendo constitucional vinculante.
Alarcón ha planteado públicamente la posibilidad de que la consulta se realice antes de finalizar el año, aunque esa fecha constituye por ahora una previsión política del legislador y dependerá de que la iniciativa consiga los dos tercios requeridos y complete previamente las etapas constitucionales correspondientes.
El proyecto abre así una discusión que excede la coyuntura de una nueva Ley de Inversiones. Su alcance apunta directamente a modificar parte de la arquitectura económica y judicial establecida por la Constitución de 2009, una decisión que requerirá una mayoría legislativa cualificada, control del TCP y ratificación ciudadana.


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